En marzo aumentará el costo fiscal que soportarán los autonómos y empleados

El incremento del haber jubilatorio mínimo será de aproximadamente un 16% e impactará sobre el bolsillo de los trabajadores autónomos que pagarán por la categoría más alta cerca de $1.360. La actualización semestral también incidirá en la carga fiscal que recae sobre los asalariados.

 

En los próximos días, el gobierno anunciará una nueva actualización semestral, contemplada en la Ley de Movilidad Jubilatoria, del haber mínimo jubilatorio, que se estima en una cifra cercana a los 1.675 pesos.

Concretamente, con respecto a los trabajadores autónomos, se prevé que, con el ajuste, se elevará el monto a cancelar por la categoría más baja a unos $310 aproximadamente. En tanto, la más alta superará los 1.365 pesos.

En igual sentido, los autónomos que pertenecen al segundo escalón de la tabla de categorías – casi la mayoría de los contribuyentes -, comenzarán a abonar una cifra cercana a $430, mientras que ahora la suma que aportan es de 371 pesos.

En tanto, según la iniciativa, en lo que respecta a quienes se desempeñan en relación de dependencia, la suba en la jubilación mínima también elevará a $18.955 el tope para calcular los aportes que se descuentan de los salarios mensuales.

La inequidad de este sistema se refleja en la falta de actualización en el parámetro de los ingresos brutos para el encuadramiento del trabajador autónomo en las diversas categorías, es decir, en este contexto de cambio en los niveles de precios, un trabajador con igual ingreso real debe subir de categoría por el efecto inflacionario.

De igual manera afecta a los trabajadores dependientes, ante el ajuste de la jubilación mínima, la remuneración tope para calcular los aportes de los asalariados se elevará, desde marzo, de $16.222 a 18.955 aproximadamente.

Bajo este esquema, como el descuento con destino al sistema jubilatorio es del 11% del salario bruto, el importe máximo de la retención pasará a ser cerca de $2.080, en lugar de los actuales 1.782 pesos. Asimismo, se elevarán los montos con destino a la obra social elegida por el trabajador y al PAMI, que equivalen, en cada caso, al 3% de la remuneración. Entre ambos conceptos se destinarán cerca de $1.130, dejando atrás los $971 actuales.

Por otra parte, la actualización del haber mínimo jubilatorio a una cifra cercana a $1.765 mensuales elevará automáticamente las multas que deben afrontar las empresas que tienen empleados en negro o mal registrados.

Puntualmente, de acuerdo a la normativa vigente, el “incumplimiento de la obligación de registrar debidamente el alta y/o baja respecto de cada trabajador detectado en infracción”, es castigado con una multa equivalente a diez veces el monto de la base imponible mínima prevista en el Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones (SIJP). Por lo tanto, debido a la actualización jubilatoria, el monto de la multa se eleva, a partir de marzo, a aproximadamente 5.830 pesos.

Por Lic. Andrés Ricardo D’Onofrio

Estudio Zwanck & Asociados

Tel: 4005-1270

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