Tasa por Verificación de Industrias, Comercios y Empresas Prestadoras de Obras y/o Servicios

La misma reemplaza a la Tasa por Seguridad e Higiene, según la ordenanza Fiscal 2011. El tributo incluye la Tasa por Inspección de Pesas y Medidas y la Tasa por Inspección de Medidores.

 

El Municipio de Tigre, a través de su Secretaría de Ingresos Públicos, informa que, atento a las modificaciones en la Ordenanza Fiscal para el ejercicio 2011, la Tasa por Seguridad e Higiene ha sido reemplazada por la Tasa de Verificación de Industrias, Comercios y Empresas Prestadoras de Obras y/o Servicios; quedando incluida en ésta, la Tasa por Inspección de Pesas y Medidas, como así también la Tasa por Inspección de medidores, motores, generadores de vapor o energía eléctrica y demás instalaciones.

Para la determinación del tributo se tomará en cuenta:

a) Los ingresos brutos devengados durante el período fiscal, de aquellas actividades habilitadas y/o efectivamente realizadas.

b) Por montos fijos determinados y/o de acuerdo a una alícuota que se determinare en relación a unidades de medida relativamente invariables tales como: número de personas que desarrollen actividades en jurisdicción del Municipio, sean estos titulares o contribuyentes, dependientes o contratados; la superficie destinada a la actividad gravada; aquellas que por su naturaleza y/o conveniencia la Secretaría de Ingresos Públicos determine que tributen mediante la mencionada base.

Aquellos contribuyentes comprendidos en la Liquidación por Ingresos Brutos Devengados (Ordenanza Fiscal Art. 132 Inc. a), para el pago de la mencionada Tasa deberán autoliquidarla mensualmente mediante una Declaración Jurada a través del portal Web del municipio, al cuál ingresarán utilizando el número de legajo y la clave Web consignada en los recibos de Seguridad e Higiene de períodos anteriores.

Para determinar la Obligación Tributaria deberán remitirse a la metodología de cálculo establecida en el capítulo V de las Ordenanzas Fiscal e Impositiva 2011, las cuales se encuentran publicadas en la página Web del Municipio. Cabe aclarar que la presentación y pago de la obligación Enero 2011, operará el 18 de febrero del mencionado año.

El resto de los contribuyentes, incluidos en la Ordenanza Fiscal Art. 132 inc. b) (Por montos fijos determinados), seguirá recibiendo en su domicilio el recibo de pago de la Tasa con la obligación tributaría calculada por parte del Municipio.

Por cualquier duda o consulta dirigirse al Municipio de Tigre, Bourdieu 543, Tigre, de lunes a viernes de 8 a 14 hs., fiscalizacion@tigre.gov.ar o telefónicamente al 4512-4417.

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