El ex boxeador Rodrigo “La Hiena” Barrios, fue condenado a un año y cuatro meses de prisión por el delito de “amenazas en concurso real con lesiones leves agravadas por ser cometidas con violencia de género”, tras haber amenazado y golpeado a una mujer que conoció por redes sociales en su casa en Tigre.
El fallo fue dictado por el juez en lo Correccional 4 de San Isidro, Juan Facundo Ocampo, tras un debate en el que Barrios (46) terminó condenado como autor de los delitos de “amenazas en concurso real con lesiones leves agravadas por ser cometidas con violencia de género”.
El magistrado también lo declaró “reincidente”, ya que poseía la condena previa de tres años y siete meses de cárcel que cumplió por el homicidio culposo de Yamila González, la joven embarazada que murió por un choque que provocó el ex boxeador en enero de 2010 en la ciudad de Mar del Plata.
Al hacer el cómputo de esta nueva pena, el juez Ocampo estableció el 3 de junio próximo, como la fecha en la que esta condena estará cumplida y en la que Barrios -actualmente detenido en la Unidad 41 de Campana-, recuperará su libertad.
El juicio se hizo en dos jornadas, los pasados 28 y 30 de marzo, y la sentencia se firmó el lunes 3 de abril.
El fiscal del juicio, Diego Callegari, -quien integró la Fiscalía Especializada en Violencia de Género de Tigre-, había pedido en su alegato una pena mayor, de dos años y medio de prisión, porque consideraba que las amenazas eran calificadas por el uso de arma de fuego.
Pero en el fallo, el juez Ocampo aclaró que más allá de los dichos de la víctima que afirmó que Barrios ese día la amenazó con un arma de fuego, en el allanamiento realizado en el domicilio no se halló ninguna, y por lo tanto no hubo certeza para acreditar que el condenado haya portado una.
Según lo acreditado en el juicio, el hecho ocurrió la madrugada del 4 de febrero del año pasado, cuando un móvil del Centro de Operaciones Tigre (COT) arribó al domicilio de Barrios, ubicado en la calle Galileo Galilei al 1.000 de Rincón de Milberg, luego de dos llamados recibidos en la línea de emergencias 911 que alertaban sobre un hecho de violencia de género.
El primer llamado fue del hijo de la víctima, un adolescente de 13 años que alertó que a su mamá le estaba pegando y que el agresor tenía un arma de fuego, y el otro lo hizo una vecina que bajó del colectivo y que, al pasar por la casa, llamó al 911 para avisar que dentro de la vivienda de Barrios se escuchaba a una mujer que pedía auxilio y gritaba “¡me vas a matar!”.
Ante la denuncia de la mujer, que afirmaba haber sido agredida y amenazada, Barrios fue aprehendido en un procedimiento donde se secuestraron en su vivienda dos plantas de marihuana pero no el arma mencionada por la denunciante.
De acuerdo con lo que luego contó la víctima a los profesionales que la asistieron, había conocido a Barrios el 28 de enero a través de la aplicación Badoo y pasó un par de días en su casa, donde el exboxeador había tomado Fernet y fumado marihuana “todo el día”, según los dichos de la denunciante, quien agregó que el acusado “fumaba faso, uno atrás del otro” y que recién se pudo levantar el 3 de febrero por la tarde.
La denunciante señaló que el problema ocurrió por la noche de ese día, luego de la cena, cuando ella le preguntó por las plantas de marihuana y, al comentarle que le parecía raro que las tuviera sólo para consumo personal, Barrios “flasheó” y creyó que ella lo quería denunciar.
Según la mujer, Barrios la agredió, la sujetó, la tiró contra una pared y hasta la amenazó con un arma de fuego que, según ella luego escondió, todo delante de su hijo de 13 años al que había invitado para conocer, porque dijo que quería entrenarlo en boxeo.
En su indagatoria y en el juicio, Barrios negó los hechos y dijo que la situación había sido al revés, que en realidad la mujer lo había agredido y lo había amenazado con denunciarlo por tener plantas de marihuana.
En el fallo -al que accedió Télam-, al valorar la prueba, el juez sostuvo: “Con base en los elementos de convicción expuestos, encuentro debidamente justificado en autos, en estado de certeza, que el día 4 de febrero de 2022 a partir de las 00:48 horas aproximadamente, en el interior del domicilio sito en calle Galileo Galilei 1.063 de la localidad de Rincón de Milberg, partido de Tigre, un hombre se tornó violento y hostil con la víctima”.
“En un momento éste comenzó a intimidar con dichos tales como ‘mi libertad no tiene precio’, a la vez que valiéndose de su preeminencia de género se abalanzó sobre ella tomándola fuertemente de sus brazos, causándole un hematoma en la cara posterior del antebrazo derecho de aproximadamente tres centímetros de diámetro, lesión de carácter leve”, relata la sentencia.
El juez menciona que luego hubo “un forcejeo” en el que la víctima “se defendió del violento accionar del imputado” y que no bastándole con ello, Barrios le manifestó a la mujer “dichos de corte amenazantes tales como ‘por más denuncias que hagas yo tengo amigos jueces, vos no vas a durar más de cuatro días en la calle’, provocando con ese accionar un fundado temor sobre la persona de la damnificada y sobre el hijo menor de edad de la nombrada (…), que también se encontraba en el interior de la vivienda presenciando la situación”.
Ocampo sostuvo en la sentencia que según su “razonada y sincera convicción” tiene la “certeza” de que Barrios fue el autor del hecho en base a la declaración de la víctima -su identidad se mantiene en reserva para resguardarla-, y en que “el imputado en sus declaraciones siempre se ubicó en ese lugar con la damnificada” y que pese a que “dio otra versión”, la misma la consideró “desvirtuada”.
A la hora de valorar agravantes, tal como postuló el fiscal Callegari, el juez tuvo en cuenta “su condición de boxeador”, al afirmar que “no es lo mismo ser tal ante un hecho de violencia que una persona común”, según señala el fallo.
Ocampo, el juez que ahora condenó a Barrios, es el mismo que el 21 de noviembre de 2013 condenó a dos años de cárcel -y una pena única de 26 años-, a Fabián Gerardo Tablado, el femicida que en 1998 asesinó de 113 puñaladas a su novia adolescente Carolina Aló, en una causa por amenazas a su ex mujer y su ex suegra que se inició cuando cumplía la condena en prisión.
(Línea 144: atención, contención y asesoramiento en situaciones de violencia de género. Por WhatsApp: +5491127716463).
Comentarios
Sin comentarios