El cuidado de la naturaleza necesita de la participación de todos. Existen leyes de protección ambiental, pero no se cumplen. Los ciudadanos ya no conviven pacientemente con la contaminación. Cada vez más denuncias ciudadanas, más interés en la preservación del ambiente y una necesidad: avanzar hacia la co-decisión en el gobierno de los territorios.
El sistema de acumulación capitalista intensificó, en los últimos 50 años, la extracción de recursos naturales al mismo tiempo que generó desechos no biodegradables en cantidades superlativas. Esto generó un desequilibrio ambiental que afecta el disfrute, la preservación y la regeneración de la naturaleza, haciendo imposible -en muchos casos- la vida no sólo de los humanos, sino también de la flora y la fauna. Y si no la hacen imposible, la perjudican sobremanera.
Por esto, no sólo se debe tener presente el daño ambiental, hay que reconocer un DELITO ambiental. Pero en nuestro Código Penal no está incorporada esta figura y si bien en 2021 la agenda ambiental legislativa tenía este tema para tratar, se inició un nuevo año sin Código modificado y sin una respuesta penal contundente y precisa para sancionar a las personas que ocasionan daños al ambiente.
Si bien, entonces, en derecho penal Argentina está renga, aun así, tiene un cuerpo legal importante, empezando por la Constitución Nacional con el art. 41: “Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo”.
Como efectivamente, los ciudadanos tienen el deseo y la necesidad de preservar el ambiente de las distintas formas de contaminación, de la deforestación, de las quemas de ecosistemas, del agotamiento de los recursos naturales o la disminución de su capacidad de renovación, entonces ya no conviven durante décadas pasivamente con ellos, por el contrario “esto se revirtió porque los ciudadanos hacen rápidamente denuncias en las redes sociales, reclamos administrativos en los Municipios y cuando no encuentran soluciones, hacen la denuncia en la justicia”, informó Fabián Maggi, abogado especialista en derecho ambiental.
Se entiende que el texto constitucional dice que todos los habitantes de la Nación tienen el deber de preservar el ambiente, sin embargo, es inequívoco que algunos tienen más “deber” que otros, obviamente aquellos que son elegidos por el pueblo para representarlo en la administración/gestión de los territorios. ¿Lo hacen? Un docente en Chubut, un pequeño productor en Mendoza, un trabajador en Ushuaia o en la Puna, una vecina en la ciudad de Buenos Aires, detectan un daño ambiental, se organizan y reclaman su derecho a vivir en un ambiente sano, equilibrado y apto para el desarrollo humano. ¿Qué hacen sus representantes?, ¿actúan rápidamente contra quienes están causando el daño? o mandan a la policía a dar palos y tirar gases? En el 100% de los casos ocurre lo último y solamente cuando las puebladas son contundentes, entonces con la cola entre las patas los que tienen la firma determinante retroceden en sus decisiones “equivocadas”: recordemos Mendoza y la ley 7722 y Chubut y el intento por implantar la megaminería en la meseta.
Antes de llegar al daño ambiental, ¿se podría poner en práctica el principio precautorio y preventivo de la Ley General del Ambiente? Con respecto a ésta, el abogado especialista en el tema, Jonatan Baldiviezo, dijo: “Es una ley suficiente para frenar o regular la mayoría de los grandes conflictos ambientales que tenemos en el país. Lo que falta es la voluntad política y hacer que sea operativa”. Baldiviezo señaló que faltan instancias de participación vinculante, que pueden tomar distintas formas: “Lo que hace falta es la obligatoriedad de la co-decisión, es decir una democracia participativa que no se quede sólo en el concepto de que la población debe recibir información, sino, por ejemplo, en el caso de ciertas intervenciones en un ecosistema, se necesite el acuerdo de la comunidad. Después en cada caso, la comunidad verá cómo se organiza”.
Existen, entonces, leyes que deben ser cumplimentadas antes de iniciar una actividad industrial/extractiva, sin embargo, no son eficientes porque no se hacen cumplir. ¿Por qué no hay controles/supervisiones/fiscalizaciones en tiempo y forma? ¿Por qué no se legisla para sancionar el daño ambiental? ¿Por qué se oculta información a la comunidad sobre cambios que afectarán sus vidas cotidianas? ¿Por qué motivo no se generan instancias de co-decisión para el gobierno? La democracia representativa ha llegado a su límite de funcionalidad; el sistema jurídico burgués ya no engaña a nadie: legisla para defender los intereses de quienes concentran el poder económico. Pero la sociedad está reconociendo que es necesario avanzar hacia una democracia participativa que ponga en práctica lo que la supervivencia humana está necesitando: cuando algo es posiblemente dañino, no se debe usar, no se debe fabricar, no se debe aplicar, no se debe ejecutar.
La vida de la naturaleza y por lo tanto todo lo que es vida (agua, tierra, aire, seres sintientes) es mucho más importante que la acumulación de divisas.
Por Mónica Carinchi
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