Mi caso es por un velero de madera de 1958, diseño de Germán Frers Padre. El impuesto que le calculan no toma en cuenta la edad del barco ni sus características, este barco NO ES SUNTUARIO, al contrario, es una reliquia de la industria del municipio de mediados del siglo pasado, que fue pionera en el rubro en Sudamérica, sólo alcanzada por los norteamericanos.
En mi caso, mi ilusión es conservar la embarcación para que sea un barco que llame la atención en el río por su nobleza, creo que una manifestación cultural como ésta se debiera proteger; mantener estos barcos es costosísimo, comparado con uno moderno de material sintético del mismo valor. Los automóviles antiguos tienen un trato especial en relación a un auto de precio equivalente pero moderno, lo mismo corresponde a un barco a partir de cierta edad si sigue “vivo”.
Desde ya agradezco anticipadamente la ayuda que puedan darme. En caso que le interese, he registrado en ARBA un reclamo bajo el Nº 155456, pero entiendo que los barcos están municipalizados.
Saludos muy cordiales.
Guillermo Bolibar
DNI 12.503.504
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