Automovilistas no podrán utilizar calzado inadecuado al manejar

En la Cámara de Diputados bonaerense tomó estado parlamentario un proyecto de ley que prohíbe en todo el territorio de la provincia de Buenos Aires la conducción de cualquier vehículo automotor con ojotas, chinelas y zapatos o botas de taco alto.

En diputado bonaerense de la Unión Cívica Radical, Aldo Mensi presentó un proyecto de ley que prohíbe en todo el territorio de la provincia de Buenos Aires la conducción de cualquier vehículo automotor con calzado que no se encuentre ajustado firmemente al pie o que pueda afectar u obstaculizar la utilización de los pedales. Quedan especialmente comprendidos en la prohibición las ojotas, chinelas y zapatos o botas de taco alto.

El legislador advirtió al respecto, “nuestra legislación nada dice respecto de la posibilidad que tienen los conductores de manejar calzando ojotas o calzado inapropiado, lo que a mi criterio constituye un vacío legal que debe resolverse”.

“Es indudable que las ojotas, las chinelas, stilletos o chancletas o los calzados de tacos altos no son los artículos adecuados para la conducción de ningún vehículo automotor. Cualquier calzado que no se encuentre debidamente sujeto al pie es proclive a ubicarse en una posición incorrecta y configurar la causa motora de accidente de transito”, expresó.

Además, se consigna en la iniciativa que “la oportuna reglamentación precisará a partir de qué tamaño se considerará altura riesgosa” a los tacos altos.

Por último, Mensi hizo mención que esta norma está contemplada en legislaciones  de transito tales como el Código de Transito Brasilero, “aprobado por ley Nº 9503 el 23 de septiembre de 1997, en su artículo 252 al tratar las infracciones contiene una disposición similar a la planteada en el proyecto”.

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