Un fallo a favor de los trabajadores

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Estados y empresas privadas deben respetar los derechos humanos. El pueblo miskito demandó al Estado hondureño por violación de derechos humanos. El reclamo llegó a la Corte Interamericana de Derechos Humanos que determinó que el derecho a la vida debe ser resguardado por los Estados y las empresas privadas.

        Los miskitos son un pueblo indígena que vive en un territorio fronterizo entre Nicaragua y Honduras. La mayoría viven en el departamento Gracias a Dios, en Honduras. Allí se encuentra la Reserva de Biósfera del Río Plátano, un lugar de gran cantidad de recursos naturales y belleza, declarada Patrimonio de la Humanidad por Unesco en 1980.

        Al territorio de los miskitos no es fácil acceder, ya que no hay rutas y sólo se llega por vía aérea o marítima. Esto hace que quede aislado, convirtiéndose en un paraíso para magnates, terratenientes inescrupulosos y narcotraficantes.

        Tanto la Organización Panamericana de la Salud (OPS) como el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo informan que dicha región tiene altos índices de analfabetismo, desnutrición crónica, falta de servicios sanitarios, dificultades para acceder a servicios de salud y, en definitiva, ausencia del Estado.

        Las actividades de subsistencia del pueblo miskito son la agricultura, la pesca artesanal costera y, en los últimos tiempos, el trabajo asalariado como buzos de pesca de langosta y camarón, en aguas abiertas en la costa atlántica.

        Éste es un pueblo dedicado tradicionalmente al buceo a pulmón, es decir sin equipo de buceo. En la actualidad, debido a la excesiva comercialización de langosta, aparecieron compañías pesqueras que contratan a los hombres miskitos a partir de los 14 años, exponiéndolos a un trabajo al margen de la legislación laboral, a accidentes laborales, intoxicaciones y discapacidad. La OPS registró que, entre los 9000 buzos de pesca de langosta, el 97% tuvo algún tipo de síndrome y casi el 50% presenta alguna discapacidad.

        La enfermedad por descompresión es la más común, totalmente prevenible cuando se cumplen normas perfectamente conocidas. Honduras sería el país que presenta más enfermedades por descompresión en el mundo.

        El Banco Interamericano de Desarrollo informó que “las compañías pesqueras no cuentan con las normas mínimas necesarias para trabajar en la pesca por buceo” (dato incorporado al informe de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en el caso Buzos miskitos vs. Honduras). Los trabajadores cobran cuando las empacadoras le pagan a la empresa pesquera, mientras tanto la empresa les permite ir comprando comida que luego les descuenta de su sueldo. ¿Semiesclavitud?

        La mayoría de los buzos miskitos que quedan discapacitados se dedican a la mendicidad.

Normas claras

        La Corte Interamericana de Derechos Humanos falló a favor de los trabajadores miskitos que demandaron al Estado hondureño por violación de derechos humanos, ya que las condiciones de trabajo de pesca submarina no están reguladas, convirtiéndose en una industria extractiva de alto riesgo.

        La onege Centro de Información sobre Empresas y Derechos Humanos (con sede en todos los continentes) destacó que “por primera vez en su historia, la Corte Interamericana de Derechos Humanos estipula de manera explícita unas normas claras sobre empresas y derechos humanos que deben cumplir los Estados y las compañías”.

        Por un lado, en relación a los Estados, la Corte afirma que deben prevenir las violaciones de los derechos humanos por parte de las empresas privadas, incluidas las empresas transnacionales con cadenas de suministro/producción en sus territorios. Por el otro, en relación a las empresas, asevera que deben asegurarse de que sus actividades no causen o contribuyan a violaciones de derechos humanos y que además deben tomar medidas preventivas para proteger los derechos de los trabajadores y el ambiente y reparar los daños causados.

        Este caso sienta un precedente que ya ha sido utilizado en otra presentación contra una compañía privada de seguros de salud chilena. Esto demuestra que los trabajadores no están desprotegidos contra los abusos de las empresas y que tienen derechos que pueden y deben ejercer.

Por Mónica Carinchi

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