Bajo las condiciones estipuladas en las cláusulas insertas en el presente y que las partes que intervienen aceptan de común acuerdo se celebra la presente CESION de FONDO DE COMERCIO:
PRIMERA: La empresa GLOBALAGRI S.R.L. CUIT.: 33-68970734-9 con domicilio comercial en la calle: JOSE BARROS PAZOS 6175 CABA, Socio Gerente: JUSTO GABRIEL PALOMAR, quien acredita identidad con DNI. Número 14.008.041, domiciliado en la calle LUIS GARCIA 1550, de la localidad de Tigre, Partido de Tigre, Provincia de Buenos Aires, quien en adelante se denominara ¨LA PARTE CEDENTE¨, Cede el FONDO DE COMERCIO del Negocio del ramo CARNICERIA, FRUTERIA, VERDULERIA, ALMACEN, COMIDAS PARA LLEVAR, RESTAURANTE, ubicado en la calle Dardo Rocha 1401 – Tigre, a la empresa GLOBAL BIO S.R.L., CUIT.: 30-71707303-3, con domicilio comercial en la calle: JOSE BARROS PAZOS 6175 CABA, Socio Gerente: MARIA SANDRA COLMAN, quien acredita identidad con DNI: 23.934.050, domiciliada en la calle: LUIS GARCIA 1550, de la localidad de Tigre, partido de Tigre, Provincia de Buenos Aires, quien en adelante se denomina ¨LA PARTE CESIONARIA¨, la Cesión se realiza libre de toda deuda y gravámenes, impuestos o multas, o inhibiciones y embargos.
SEGUNDA: La parte CEDENTE, declara expresamente que el comercio que por este acto se compromete a ceder, se halla habilitado por las autoridades correspondientes y adecuado al ramo de: RUBRO: CARNICERIA, FRUTERIA, VERDULERIA, ALMACEN, COMIDAS PARA LLEVAR, RESTAURANTE, poseyendo a su nombre todos los testimonios y certificados que acrediten su habilitación, obligándose en el acto de la Cesión a cederlo al Cesionario.
TERCERA: La parte CEDENTE dará posesión del negocio el 1 de abril de 2024, fecha esta en que el CESIONARIO se obliga a hacerse cargo.
CUARTA: Las partes convienen voluntaria y expresamente que para cualquier cuestión que pudiera plantearse entre ellas con motivo de esta Cesión, se someten a la jurisdicción de los Tribunales ordinarios de Justicia del Departamento Judicial de la CABA, renunciando desde ya a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponderles, fijando domicilio en los indicados al inicio, donde se darán por buenas y validas toda intimación o interpelación que las partes se dirijan con motivo del presente.
De prueba de conformidad se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la Localidad de Tigre, Partido de TIGRE, Provincia de Buenos Aires, a los 27 días del mes de febrero de 2024.
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