La AFIP evalúa lanzar un nuevo plan de pagos con plazos de hasta 120 cuotas

En un intento de aumentar la recaudación, la Administración Federal de Ingresos Públicos prepara un nuevo plan de pagos que permitirá cancelar los impuestos adeudados hasta en 10 años. La propuesta es realmente significativa, pues los planes corrientes vigentes sólo permiten regularizar las deudas a través del pago de – como máximo – 6 cuotas mensuales, afrontando un interés de financiamiento del 24% anual.

Como un beneficio extra, el régimen de facilidades permitirá reformular el esquema de cancelación de los montos que se encuentren incluidos en otros ya vigentes o que hayan estado comprendidos en alguno que hubiera caducado.

El nuevo plan permitirá cancelar impuestos vencidos y deuda impositiva acumulada al 31 de diciembre de 2011. Asimismo, aquellos contribuyentes que ya se encuentren adheridos a un plan vigente podrán reformularlo y adaptarse a las nuevas condiciones. A su vez, las empresas que están siendo fiscalizadas, en tanto den su conformidad con la determinación de la deuda calculada durante la inspección, podrán sumarse al nuevo plan.

El proyecto también aclara que quedan excluidas del nuevo régimen las obligaciones correspondientes a quienes estén imputados penalmente por delitos de evasión o por ilícitos comunes que tengan conexión con el incumplimiento de sus obligaciones impositivas, de los recursos de la seguridad social o aduaneras, siempre que se haya dictado el correspondiente auto de elevación a juicio.

Las causas de caducidad de los planes:

Son planes de hasta 12 cuotas. Falta de cancelación de 2 cuotas, consecutivas o alternadas, a los 60 días corridos posteriores a la fecha de vencimiento de la segunda de ellas. Por no ingresar la cuota no cancelada a los 60 días corridos contados desde la fecha de vencimiento de la última mensualidad del plan.

Planes de 13 hasta 24 cuotas:

Por no pagar 3 cuotas, consecutivas o alternadas, a los 60 días corridos posteriores a la fecha de vencimiento de la tercera de ellas. Ante la falta de ingreso de la o las cuota/s no cancelada/s, a los 60 días corridos contados desde la fecha de vencimiento de la última cuota del plan.

Planes de 25 hasta 48 cuotas:

Al no cancelar 4 cuotas, consecutivas o alternadas, a los 60 días corridos posteriores a la fecha de vencimiento de la cuarta de ellas. Falta de ingreso de la o las cuota/s no cancelada/s, a los 60 días corridos contados desde la fecha de vencimiento de la última cuota del plan.

Planes de 49 hasta 72 cuotas:

Por no abonar 5 cuotas, consecutivas o alternadas, a los 60 días corridos posteriores a la fecha de vencimiento de la quinta de ellas. Ante la falta de ingreso de la o las cuota/s no cancelada/s, a los 60 días corridos contados desde la fecha de vencimiento de la última cuota del plan.

Planes de 73 hasta 120 cuotas:

Al no cancelar 6 cuotas, consecutivas o alternadas, a los 60 días corridos posteriores a la fecha de vencimiento de la sexta de ellas. Por no ingresar la o las cuota/s no cancelada/s, a los 60 días corridos contados desde la fecha de vencimiento de la última cuota del plan.

También se prevé que dentro de los 30 días corridos desde la fecha de notificación de la caducidad, el contribuyente podrá rehabilitar el plan por única vez. En el mismo sentido, la Provincia y la Ciudad de Buenos Aires implementaron en los últimos días mayores facilidades a las empresas y a los particulares morosos que no ingresaron el pago de los tributos en tiempo y forma. En efecto, a través de la resolución normativa 38/2012, la Agencia de Recaudación de Buenos Aires (ARBA) decidió ampliar el régimen de regularización de impuestos impagos.

Mediante la flamante reglamentación, se amplía el universo de gravámenes a incorporar a un plan de pagos, al extender hasta el 30 de junio de 2012 el plazo de devengamiento que permite incorporar tributos no abonados.

Los planes de facilidades bonaerenses les permiten a las empresas y contribuyentes morosos, incorporar las deudas provenientes de los Impuestos Inmobiliario, a los Automotores, sobre los Ingresos Brutos y de Sellos.

Dr. Jorge A Zwanck

4005-1270 / cel 15-5143-4950

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